Ofrecemos el texto íntegro del comunicado público que el Sindicato de Secretarios Judiciales (SISEJ) elaboró y emitió con ocasión de la intervención del Ministro de Justicia ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, el pasado día 25 de enero.
El SISEJ desde una profunda convicción que la justicia, además de un poder del estado, es un servicio público fundamental, cuya responsabilidad compete al poder ejecutivo como parte de la administración, tras la comparencia del Ministro de Justicia D. Alberto Ruiz-Gallardón en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, y lo manifestado en el día anterior por la vicepresidenta del Gobierno, Dª Soraya Sáenz de Santamaría, en la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados, quiere manifestar lo siguiente:
Tras décadas de olvido de la reforma de la administración de justicia española, se ha iniciado en las pasadas legislaturas una extraordinaria transformación de la administración de justicia mediante la reforma de las leyes procesales, -recordamos- con unanimidad de los representantes de los ciudadanos en las Cortes Generales, así como la implantación de la Oficina Judicial. Las palabras del Ministro de Justicia manifestando que debe revisarse el proyecto de Nueva Oficina Judicial, suponen una involución y generan en este sindicato una gran preocupación respecto al futuro del servicio público de la justicia.
El actual modelo se basa en una separación de funciones y competencias, entre aquellas estrictamente procesales o administrativas asumidas por los Secretarios Judiciales como parte del poder ejecutivo, descargando de éstas a jueces y magistrados, centrados, como poder judicial, en las competencias constitucionales de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. De las palabras del ministro tememos una regresión respecto a los avances alcanzados, donde todas las funciones, decisiones y criterios sean supeditados a los criterios del poder judicial.
El SISEJ entiende que la mejora de la justicia española pasa por que el Ministerio de Justicia continúe liderando y profundizando en el cambio iniciado mediante el total despliegue de la Oficina Judicial, que en nuestra opinión, genera mayor agilización de los procedimientos judiciales, mejor atención a los usuarios de la justicia y permite aumentar el número de jueces sin aumentar el resto de recursos personales y materiales. Junto a ello coincidimos en la necesidad de una nueva Ley de Planta Judicial que cree los Tribunales de Instancia acordes con el modelo de Oficina Judicial.
Así también debe continuar desarrollando, y en su caso mejorar, los avances tecnológicos iniciados, especialmente la implantación del expediente electrónico, ya en funcionamiento en la Audiencia Nacional.
Respecto a la intención de establecer medidas con objeto de reducir la litigiosidad, entendemos acertada la apuesta por reforzar la mediación y la solución extrajudicial de conflictos mediante la promulgación de una Ley de Mediación y la Ley de la Jurisdicción Voluntaria. Pero siempre supeditada a que exista igualdad en el acceso a los mismas.
En lo que discrepa el SISEJ profundamente es en la idea de crear nuevas tasas que puedan derivar en el establecimiento de un copago en la justicia, puesto que consideramos que este tipo de iniciativas constituyen un ataque flagrante al estado de bienestar y al principio de igualdad en el acceso a los servicios públicos.
Sobre propuesta de reforma del Consejo General del Poder Judicial por la que los doce vocales del dicho organismo provinentes de la carrera judicial sean elegidos exclusivamente por jueces y magistrados en activo, y no por las Cortes resultantes de las elecciones generales, el Sindicato de Secretarios Judiciales (SISEJ) quiere manifestar su oposición.
Este sistema de elección supone un retorno al instaurado por la Ley Orgánica 1/1980, en los primeros tiempos de vigencia de la Constitución de 1978, en un contexto histórico singular y muy determinado.
Desde el SISEJ entendemos que un órgano constitucional de la relevancia del Consejo General del Poder Judicial, órgano de gobierno de jueces y magistrados, no debe funcionar sustraído, en la elección de sus miembros, a la legitimidad de la elección popular, aunque sea de modo indirecto y con todas las deficiencias que se puedan achacar a nuestro sistema electoral.
Otra cuestión es que el Consejo General del Poder Judicial se convierta en un órgano con competencias ceñidas a cuestiones estrictamente estatutarias o profesionales de jueces y magistrados, en cuyo caso la propuesta tendría un cariz completamente distinto.