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Aplicación del CGPJ para tramitación de exhortos telemáticos: nota del SISEJ

Según ha difundido públicamente el Consejo General del Poder Judicial a través de una nota publicada en el Punto Neutro Judicial, sitio web dependiente de dicho órgano, el uno de marzo de 2012 entró en funcionamiento en dicha página web una nueva herramienta de comunicación telemática de exhortos, que se suma a las que ya se encontraban activas y que continuamente se van incrementando.

 

A través del denominado Punto Neutro Judicial, el Consejo General del Poder Judicial, obviando la limitación de sus competencias recogida en los artículos 107 a 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, está asumiendo de hecho el desarrollo y gestión de medios informáticos para centralizar las averiguaciones necesarias para el trámite los procedimientos judiciales, imponiendo esta vía a personal no dependiente del Poder Judicial, sino de la Administración de Justicia y de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas para la gestión de los medios humanos y materiales de la justicia.

Si bien es imprescindible contar con aplicaciones de este tipo, es injustificable la ampliación de competencias que el Consejo General del Poder Judicial realiza. Se trata de una muestra más de la voluntad del órgano de gobierno del Poder Judicial que, además de ejercer como tal, parece querer extender su ámbito de decisión más allá de sus limitaciones constitucionales y legales, y del reparto de competencias establecido.

Actualmente, a través del Punto Neutro Judicial se realizan, de manera obligatoria y entre otras, todas las consultas patrimoniales y domiciliarias a través de accesos a datos de entidades y organismos como la Agencia estatal de la Administración Tributaria, el Registro Mercantil Central, el Instituto Nacional de Empleo Español, la Tesorería General de la Seguridad Social, el Cuerpo Nacional de Policía o el propio Ministerio de Justicia. Se trata de instituciones que poco tienen que ver con el órgano de gobierno del Poder Judicial, y, más allá de que cada institución es libre para celebrar convenios con otras, consideramos que éstos deberían circunscribirse al ámbito de actuación de cada una.

Asimismo, incluye aplicaciones tan variopintas como la comunicación de designaciones de abogados y procuradores, fruto de convenios firmados por el órgano de gobierno de jueces y magistrados y los colegios respectivos, sin intervención del ejecutivo estatal o autonómico, y que se traducen en comunicaciones directas dirigidas al Juez o Magistrado del órgano, que en ningún caso se encarga de abrirlas y darles el curso correspondiente, lo cual demuestra su falta de justificación, o el sistema de embargo de cuentas bancarias, que entró en funcionamiento recientemente pese a que el Ministerio de Justicia, a través de la Cuenta de Depósitos y Consignaciones, ya había implantado un aplicativo con este mismo objetivo.

Las Presidencias de algunos Tribunales Superiores de Justicia, y, lo que es más grave, algunos Secretarios de Gobierno, han transmitido a los Secretarios Judiciales de sus Comunidades Autónomas la comunicación de la Comisión de Modernización e Informática del Consejo General del Poder Judicial relativa a la obligatoriedad de la tramitación telemática de exhortos, cuyo despliegue se está desarrollando. Consideramos inaceptable esta actuación y entendemos que corresponde al Ministerio de Justicia, y, en consecuencia, al gobierno del Estado, democráticamente elegido en las urnas, gobernar la Administración de Justicia, y que sólo éste y las Comunidades Autónomas con competencias en la materia pueden encargarse de su modernización y dirigir instrucciones al personal integrado en ella.

Desde el SISEJ transmitiremos esta circunstancia al Ministerio de Justicia el próximo martes, con ocasión de la reunión a la que hemos sido convocados, para que aclare esta situación irregular, y le reclamaremos que asuma las competencias correspondientes y exija que las órdenes se dirijan por los cauces legalmente establecidos, sin consentir intromisiones de otros órganos.

Confiamos plenamente en que el Ministerio asuma las responsabilidades para las que ha sido democráticamente elegido, labor en la que, tanto él como las Comunidades Autónomas que impulsen iniciativas en el ámbito de sus competencias, contarán con nuestro apoyo.

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