La pasada semana tuvimos conocimiento de la Sentencia 681/2016 de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, por la que se condenaba al Ministerio de Justicia por no respetar el orden normativamente establecido en la provisión por sustitución de una plaza de Secretario Judicial (hoy Letrado de la Administración de Justicia).
Creemos que el contenido de dicha resolución, que ha sido publicada por el medio digital Confilegal debe servir de elemento de reflexión para el Ministerio de Justicia en la gestión del régimen de sustituciones del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. Actualmente rige la instrucción 4/2011 de la Secretaría General, pero desde entonces el Ministerio de Justicia no ha hecho ningún esfuerzo en avanzar ni en mejorar este sistema.
Resultados como el referido se evitarían perfeccionando el procedimiento para hacerlo más claro, reglado y publicitado, aunque sumario. Que permita conocer los criterios que funden la decisión adoptada y que ésta sea debidamente comunicada en forma a los interesados, haciendo pública además la adjudicación de la sustitución. La falta de publicidad y precisión en la justificación inducen a la sospecha, sobre todo cuando cuando se tiene que decidir en sentido distinto a la regla general.
Desde el SISEJ creemos, y así lo venimos exigiendo desde hace años, que es imprescindible dotar a tales procesos selectivos de la máxima transparencia, claridad, publicidad, homogeneidad, informatización y automatización, y que ello es responsabilidad del Ministerio de Justicia, una responsabilidad inexcusable desde todos los puntos de vista, incluido el presupuestario.