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Nueva Oficina Judicial: composición de la comisión de valoración de méritos del art. 111 ROSJ

 En Documentos os ofrecemos la Resolución del Ministerio de Justicia, publicada hace unos días en el Portal de los Secretarios Judiciales, por la que se establece  la composición de la Comisión de valoración de méritos prevista en el artículo 111 de nuestro Reglamento Orgánico. Como sabéis, el pasado día 15 de julio se publicaba la primera convocatoria para cubrir puestos singularizados de la NOJ  para Secretarios Judiciales, puestos que se cubrirán conforme a la evaluación de méritos que realicen los integrantes de dicha Comisión. 

Recordemos que, con motivo de la integración de esta Comisión, en concreto de los dos Secretarios Judiciales nombrados a propuesta del Consejo del Secretariado, en la reunión informativa del pasado 21 de julio se nos informó por el Secretario General a todas las organizaciones convocadas, de un grave desencuentro institucional en el seno de dicho órgano consultivo. Nada más lejos de la voluntad del SISEJ que cuestionar ab initio la objetividad o el trabajo de unos compañeros designados, que aún no han comenzado su labor en el limitado marco del vigente art. 111 ROSJ. Más allá de ello, dada la génesis de la designación, queremos reiterar que ha llegado el momento de que el Ministerio de Justicia inicie una seria reflexión sobre el papel desempeñado o a desempeñar por un órgano ministerial como el Consejo del Secretariado.

Sin perjuicio de todo ello, el SISEJ quiere aprovechar para poner de manifiesto una vez más, lo que cada día es más evidente: la caducidad del modelo asociativo de representación. Insistimos en apostar claramente por la vía sindical autónoma para la representación y defensa de los intereses profesionales de los Secretarios Judiciales como trabajadores públicos. Con el mayor de los respetos hacia otras organizaciones y otros trabajadores, no entendemos que nuestros derechos laborales sean negociados y determinados, con exclusión de los Secretarios Judiciales, por los representantes de otros colectivos, con intereses a menudo contrapuestos. Mucho menos entendemos la aquiescencia de los poderes públicos, o, aún menos, la división de nuestro colectivo profesional en este punto.

Somos plenamente conscientes de los cambios legales necesarios para el establecimiento de un marco propio de negociación colectiva para los Secretarios Judiciales, y de que, en el momento actual, es perfectamente posible la consecución del mismo mediante la convergencia de esfuerzos dentro de nuestro colectivo, a la que, desde el SISEJ volvemos a hacer un llamamiento. 

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