Ante la comparecencia del Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, en el Congreso de los Diputados anunciando la modificación parcial de la Ley 10/2012 de tasas judiciales, a falta del texto de la reforma anunciada y sin perjuicio de un posterior informe, desde el SISEJ (Sindicato de Secretarios Judiciales) queremos realizar públicamente las siguientes valoraciones:
1.- El anuncio del Ministro de Justicia de una disposición legal que modifique la Ley de tasas judiciales, reduciendo cuantías, suprimiendo la exacción de tasas en algunos supuestos como los desahucios de primera vivienda, y todo ello asumiendo las recomendaciones de la Defensora del Pueblo en el marco de una «reconsideración general», nos parece insuficiente y parcial.
2.- Para el SISEJ la Ley 10/2012 nunca debió aprobarse y siempre hemos mantenido dudas razonables sobre su constitucionalidad. La promulgación de esta ley ha creado desde el primer momento una situación alarmante de inseguridad jurídica y ha derivado en criterios distintos de aplicación en prácticamente todos los partidos judiciales, situación que se ha visto agravada por la inactividad y la torpe gestión del Ministerio de Justicia. En definitiva, la ley de tasas judiciales debe ser derogada.
3.- El Ministerio de Justicia debe hacer un ejercicio de transparencia, publicando de inmediato y sometiendo a la ciudadanía, a todos los operadores jurídicos, y a la opinión pública en general, el texto con las modificaciones que ha anunciado el Ministro.
4.- Los Secretarios Judiciales hemos vivido en primera línea la aplicación de esta Ley. El Sindicato de Secretarios Judiciales (SISEJ), ante la situación límite de inseguridad jurídica que el Ministro ha creado, instará a su afiliación, y en general a todos los miembros del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales, a que actúen con la máxima cautela y consideren caso por caso la posibilidad jurídica de paralizar provisionalmente las consecuencias jurídicas de la falta de presentación del justificante de pago de la tasa judicial como requisito procesal, en especial en aquellos casos que puedan causar un notorio perjuicio al ciudadano o conste anunciada una eventual y próxima modificación de la tasa judicial, dado además que el propio Ministro ha mencionado el plazo de una semana.
5.- Finalmente, el Ministro de Justicia ha realizado ante las Cortes Generales un reconocimiento de la lesividad para la ciudadanía de una Ley que él mismo impulsó, desoyendo multitud de informes y con una falta de diálogo social e institucional difícilmente predicable de una sociedad democrática. Todo ello, a juicio del SISEJ supone una desautorización política y ciudadana de su gestión, en sede parlamentaria, que es donde reside la soberanía popular, y que debería determinar su cese al frente del Ministerio.