El Sindicato de Secretarios Judiciales (SISEJ) ha presentado recurso de alzada previo a la vía contencioso-administrativa frente a la Instrucción 4/2013 del Secretario General de la Administración de Justicia, sobre unificación de criterios en relación con la remisión de datos de tasas judiciales a la Agencia Tributaria.
El SISEJ considera que dicha instrucción
convierte en la práctica al Secretario Judicial en simple recaudador de tasas judiciales, desviando a nuestro colectivo de las competencias de impulso y dirección procesal, y poniendo a la administración de Justicia a merced del Ministerio de Hacienda y su lógica procedimental, excediendo con ello una normal cooperación institucional.
El Ministerio de Justicia contraviene en la Instrucción el procedimiento y los plazos previstos en la Ley vigente para exigir la declaración-liquidación complementaria de tasas judiciales, vulnerando el principio de jerarquía normativa del artículo 9.3 de la Constitución. Además, las graves consecuencias procesales que el Ministerio de Justicia atribuye en esta Instrucción a la falta de subsanación dentro de plazo vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva, extendiendo los efectos obstativos del acceso de los ciudadanos a los tribunales ya previstos en la Ley 10/2012 de tasas judiciales.
Para el SISEJ tras la publicación de la Ley 10/2012 de tasas judiciales, cuya constitucionalidad consideramos discutible, el Ministerio de Justicia ha realizado una gestión notablemente desacertada en la aplicación de la misma. Por una parte, no ha establecido criterios generales, lo que ha generado una inseguridad jurídica en perjuicio de la ciudadanía y los profesionales, que está siendo suplida por acuerdos concretos y parciales en cada territorio y partidos judiciales. Por otra parte, el Ministerio da muestras de una voluntad de intensificar los efectos de la Ley, endureciendo en la Instrucción 4/2013 las consecuencias legales previstas en ella, y proponiendo retribuir económicamente en concepto de productividad para los Secretarios Judiciales la recaudación de tasas judiciales, previsión del borrador de resolución de retribuciones variables, aún sin publicar, a lo que el SISEJ se opone por considerar profesionalmente degradante para nuestro colectivo.
En definitiva, desde el Sindicato de Secretarios Judiciales consideramos que el Ministerio de Justicia debe comenzar a rectificar su gestión en materia de tasas judiciales a todos los niveles, comenzando por la Instrucción 4/2013 del Secretario General.
Desde el SISEJ recomendamos a nuestro colectivo convocar y celebrar reuniones de Secretarios Judiciales y elevar consultas con carácter de urgencia al Ministerio de Justicia sobre esta cuestión que, ante las graves consecuencias que ello implica, esperamos sea resuelta con la urgencia solicitada.