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El Supremo rechaza la reforma legal del Gobierno que reduce sus competencias

EL PAIS DIGITAL

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se opone a que la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevista por el Gobierno reduzca los delitos que ahora enjuicia y sólo pueda entender sobre aquellos que comporten penas superiores a los tres años. Ésa es la principal razón por la que se opone a la reforma del recurso de casación diseñada por el Gobierno.
El presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, ha enviado un informe al Consejo General del Poder Judicial en el que se asegura que con la reforma el alto tribunal dejaría de juzgar 198 delitos de los 333 que contiene el Código Penal y propone cambios en el texto.

El Gobierno aprobó el pasado 16 de diciembre el proyecto de reforma del recurso de casación ante el Tribunal Supremo con la intención de orientarlo únicamente a la unificación de doctrina y descargarlo así de la acumulación de procedimientos que sufre desde hace años. La Sala de lo Penal se encargaría sólo de unificar las resoluciones contrarias a la jurisprudencia del alto tribunal provenientes de los 17 Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) o las Audiencias Provinciales. La modificación legal es una reclamación extendida en la magistratura. El propio presidente del Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Francisco José Hernando, la ha solicitado en reiteradas ocasiones.
El proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal diseñado por el Ejecutivo reduce el ámbito de la casación penal en su artículo 847 a las sentencias definitivas de las salas de lo Penal o de Apelación (de nueva creación) de la Audiencia Nacional y las de las de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores. En el caso de las Audiencias Provinciales, el recurso de casación queda limitado a las sentencias definitivas "en que se hubiere impuesto una o varias penas privativas de libertad que, conjunta o separadamente, superen los tres años".
En un escrito firmado por el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Juan Saavedra, los magistrados se oponen a este último recorte basado en la duración de la pena. "En relación con el artículo 847 [el que establece los supuestos en los que cabe recurso de casación] se advierte una importante insuficiencia dado que es necesario partir de la premisa de que el Tribunal Supremo debe poder extender su ámbito sobre todo el Código Penal", dice el informe. La norma, según el escrito, "restringe el ámbito de la casación de manera excesiva" y deja fuera de ese recurso "un gran número de delitos".

Un tercio de los delitos
Así, de las 333 infracciones que contiene el Código Penal, el Tribunal Supremo, según el escrito, dejaría de juzgar por esta vía 198 -todas las que tienen señalada una pena que no supera los tres años de prisión o una pena distinta a la cárcel-, mientras que otras 79 -las que se castigan con penas que pueden o no superar esa duración- también podrían quedar fuera de la casación si así lo estima la Audiencia que haya dictado la sentencia. El ámbito estricto del recurso penal al Supremo quedaría reducido, según el documento, a 135 delitos (algo más de un tercio), dejando fuera infracciones como el hurto, el maltrato habitual, los abusos o acosos sexuales o el suministro de pornografía a menores.
La Sala quiere evitar que sea el tribunal de instancia el que, en esos 79 casos dudosos, decida con la pena impuesta si el condenado tiene o no derecho a recurrir en casación. "Si el límite es la pena efectivamente impuesta en la sentencia, entonces la existencia o no de recurso puede quedar en manos de los órganos a quo", prosigue el informe. Por eso propone que la ley extienda la posibilidad de acudir al alto tribunal a todas las causas "cuya pena legalmente prevista", y no la impuesta realmente, sea superior a tres años.
Pero el Supremo también considera inaceptable que no se pueda pronunciar sobre los 198 delitos restantes. Por eso propone que la reforma dote al fiscal de la posibilidad de recurrir "en cualquier caso". "Con ello, no sólo se pretende cubrir todos los tipos penales (…) sino que también alcanza a aquellos casos en los que aunque no haya contradicción, conviene que exista jurisprudencia al respecto". Por eso, los magistrados proponen introducir un nuevo capítulo sobre el "recurso de casación en interés de la ley", muy extendido, dicen, en otros países.
La noticia en El Pais Digital de MANUEL ALTOZANO.  

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