En una de sus últimas reuniones, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha emitido un acuerdo en protesta por una comunicación del Ministerio de Justicia a los Secretarios Judiciales, y solicita que el Consejo General del Poder Judicial “intervenga” en defensa de sus tesis. El acuerdo entiende que la relación profesional entre cada Juez y cada Secretario Judicial es de dependencia funcional jerárquica, y no competencial. Hay que decir que dicho acuerdo contó con el voto particular en contra del Secretario de Gobierno del TSJC.
Recordemos que hace poco más de un año, en los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona surgió un conflicto ante la práctica de algunos magistrados de emitir instrucciones gubernativas concretas en asuntos de trámite que pertenecían a la esfera de competencias atribuidas a Secretarios Judiciales, lo que motivó la protesta de los Secretarios Judiciales de dicha jurisdicción, y la citada resolución del Ministerio de Justicia reiterando lo dispuesto en la legislación vigente, de modo que tales instrucciones no vinculan ni perjudican el ejercicio de dichas atribuciones.
Desde el Sindicato de Secretarios Judiciales consideramos que el contenido del acuerdo de la Sala de Gobierno del TSJC en este punto es legalmente erróneo y en cierto modo desconectado de la realidad, por lo que entendemos que carece de recorrido. Todos los operadores jurídicos, incluida una mayoría de la carrera judicial, hemos asumido con normalidad lo establecido en la normativa vigente, es decir, que la relación profesional entre Jueces y Secretarios Judiciales no es jerárquica, y que ambos hemos de centrarnos en prestar el servicio público de la justicia, nunca desde el conflicto, sino desde la cooperación y la necesaria complementariedad entre Poder Judicial y administración de justicia.
Los problemas de la justicia son otros, referidos sobre todo a una deficiente modernización, organización y distribución de medios materiales y recursos humanos.