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Nota del SISEJ sobre el anteproyecto de ley de asistencia jurídica gratuita

Tras la presentación el pasado viernes por parte del Ministro de Justicia Sr. Ruiz-Gallardón del Anteproyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita desde el Sindicato de Secretarios Judiciales (SISEJ) queremos realizar una primera valoración general.

Discrepamos profundamente del contenido ideológico que subyace en el anteproyecto y que responde al mismo argumentario esgrimido en la Ley de tasas judiciales.

Vinculación con la Ley de tasas

El Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, tanto en el anteproyecto como en la presentación pública del mismo, y en multitud de declaraciones, incluidos el debate parlamentario sobre las tasas judiciales y las justificaciones esgrimidas para ella, manifiesta una clara voluntad de vincular la nueva regulación de la justicia gratuita con la vigente ley de tasas judiciales

Por ello la vinculación establecida por el Ministerio de Justicia nos parece perversa: en un contexto de recorte de derechos sociales, de aumento de las desigualdades y de desmantelamiento organizado y sistemático del sector público, se apuesta porque el servicio público de la justicia sea sólo accesible para quienes tengan capacidad económica, o para quienes, situados por debajo del umbral de la pobreza, puedan disfrutar del derecho a la justicia gratuita. Gráficamente: justicia para adinerados, o justicia de beneficencia o caridad, como se ha llegado a calificar.

Como ya hemos expuesto en repetidas ocasiones, las tasas, en caso de existir deberían abonarlas sólo quienes mayores recursos poseen. Podemos afirmar rotundamente que quienes en mayor medida utilizan la justicia son las grandes sociedades con significativos  volúmenes de negocio y no los ciudadanos de forma individual a quienes nuevamente en el anteproyecto de ley de asistencia jurídica gratuita se estigmatiza como abusadores y no como lo que son: simple y llanamente usuarios del servicio público de la justicia y ejercientes, en su caso, del derecho a la justicia gratuita.

Fraude de usuarios y abuso de derecho

La asistencia jurídica gratuita, además, estará sometida a vigilancia y a sospecha de fraude para el ciudadano, al establecerse una inaudita presunción de abuso de derecho cuando se utiliza el servicio tres veces en un año, cuando para combatir eventuales casos de fraude
sería suficiente, por ejemplo, con una mejor regulación de las sanciones por temeridad procesal, aplicándose solamente en los casos que fueran apreciadas por un juez con todas las garantías.

Por el contrario, en el escenario previsto por el anteproyecto, la persona o entidad que tenga medios económicos suficientes sí que puede acudir a la justicia cuantas veces quiera y abusar del servicio sin límites, sin control y sin investigación.

Otros aspectos del anteproyecto : aumento de beneficiarios y organización

En defensa de esta regulación complementaria de la Ley de tasas judiciales se argumenta con aspectos como el aumento de los beneficiarios (víctimas del terrorismo, organizaciones sindicales, etc.) pero en unos casos vienen impuestos por Directivas europeas y en otros son gestos propagandísticos con escasa incidencia en el servicio y cuya regulación no se hace para tutelar adecuadamente los derechos sino con la finalidad declarada de «reducir la sobrecarga» de la administración de justicia.

Por otra parte, no hay que olvidar que mientras se desarrolla la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley los colectivos a los que se amplía el reconocimiento del derecho de justicia gratuita están obligados al pago de las tasas en toda su extensión.

A nivel organizativo, consideramos desproporcionadas las previsiones del anteproyecto para la vigilancia del sistema, de su uso por la ciudadanía, y su adecuación a la Ley de tasas judiciales.

Por un lado se mantiene la estructura de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita en las que, pese a las nuevas facultades reconocidas a los Secretarios Judiciales como directores procesales con capacidad para suspender el procedimiento, no se incluye ni siquiera a los Secretarios de Gobierno, lo que, más allá del conocimiento procesal del colectivo de secretarios judiciales para valorar el reconocimiento de dicho derecho, podría contribuir a la unificación de criterios desde la práctica.

Por otro lado prevé la creación de dos nuevos órganos administrativos sobre los que no existe más información: el Comité de consultas y la Comisión de seguimiento del sistema de justicia gratuita que vigilará, entre otras cuestiones su “vinculación con la ley de tasas”.

Propuestas del SISEJ

Para el SISEJ la Administración de Justicia es un servicio público, una maquinaria administrativa encargada de hacer efectiva la tutela de los derechos ciudadanos ejercida por el Poder Judicial, y es contradictorio intentar mejorar su funcionamiento a base de expulsar ciudadanos del sistema. La nueva regulación de la justicia gratuita tal como está en el anteproyecto no tendrá capacidad suficiente para evitar el impacto de la Ley de tasas judiciales.

La Administración de Justicia necesita un cambio de modelo de organización y no de accesibilidad, un cambio cualitativo y no de cifras de asuntos, unas cifras que siempre irán en aumento por la misma evolución de la población y de las necesidades de tutela de sus derechos. Hace falta un nuevo modelo de justicia que evite que la ciudadanía esté pleiteando durante años, y no la simple poda económica del viejo modelo. Para ello es necesario apostar por la reorganización de efectivos y de la legislación procesal retomando el proyecto de nueva oficina judicial.

Desde el SISEJ entendemos que lo realmente urgente es comenzar la rectificación progresiva pero completa del camino emprendido con una Ley de tasas judiciales que no debió ver la luz.
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