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Relaciones de puestos de trabajo de la NOJ: próxima reforma del art. 100 del Reglamento Orgánico

En el marco de la reciente reforma del artículo 521 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia ha anunciado un acuerdo con las organizaciones sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia, para la reforma, entre otros preceptos del art. 100 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, con objeto de adaptar la regulación de las Relaciones de puestos de trabajo a la estructura derivada de la Nueva Oficina Judicial. Tenéis el texto al que hemos podido acceder, en Documentos.

Desde el SISEJ, con independencia de la valoración que podamos hacer del contenido de esta modificación legislativa, no nos conformamos con informar: queremos denunciar, una vez más, la inexistencia de un marco propio de negociación colectiva para todos los Secretarios Judiciales, lo que consideramos una vulneración del derecho a la negociación colectiva, incluido dentro del más amplio derecho a la libertad sindical, libertad que, al igual que el resto de trabajadores, los Secretarios Judiciales tenemos. El SISEJ, desde su constitución ha defendido  y defiende en solitario, frente al tradicional e inoperante régimen de representación corporativa la creación de este marco laboral propio, debido tanto a las especialidades de la función directiva en las Administraciones Públicas, ampliamente reconocida en convenios internacionales, como a la evidente falta de representación de los intereses laborales y sociales de nuestro colectivo profesional en las Mesas generales.

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