El Ministerio de Justicia ha adelantado la resolución sobre el disfrute de vacaciones y asuntos particulares correspondientes al año 2020, y hemos de confesar nuestra sorpresa y decepción por el contenido de la misma, ya que supone la fijación de un sistema restrictivo que, a falta de una explicación convincente, resulta difícilmente justificable para el disfrute de un derecho y más a un cuerpo que durante la pandemia ha estado sosteniendo el edificio de la organización judicial a veces en solitario. No alcanzamos a entender cuál es el grave perjuicio que podría ocasionarse de reconocer con carácter general, y como siempre sujeto a las necesidades del servicio, ese derecho hasta el mes de marzo de 2021 sin necesidad de otra justificación ni requisito previo y que no se exige a otros cuerpos de la Administración de Justicia. Sería deseable una rectificación en este sentido como un verdadero reconocimiento a la supuesta importancia y al compromiso demostrado por el cuerpo de Letrados.
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