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Reunión informativa Ministerio de Justicia-organizaciones de Secretarios Judiciales 17.07.2013

El Ministerio optó esta vez por dos reuniones informativas simultáneas, para recibir una vez más nuestras impresiones sobre sus borradores de Ley Orgánica del Poder Judicial y de Código Procesal Penal, respectivamente, en lo que se refiere al colectivo de Secretarios Judiciales.

Como hemos denunciado, lamentablemente no existe un verdadero diálogo efectivo en cuanto al estatuto de los Secretarios Judiciales. Son materias que, cuando no se negocian en la mesa sectorial de justicia, su regulación viene ya impuesta de antemano a los representantes ministeriales que nos reciben en reuniones informativas. Desde que comenzó la legislatura se nos ha venido convocando a las mismas y generando una apariencia de diálogo; mientras esto ocurría, mientras los logros profesionales prometidos y anunciados por el Ministerio naufragaban sucesivamente, siempre alegando circunstancias ajenas, a puerta cerrada se elaboraba unos borradores bajo las pautas marcadas por el Ministerio de Justicia, y que demuestran que existe una voluntad de acabar con el Secretario Judicial como director de la oficina judicial con facultades directivas propias.

Pese a estas circunstancias, desde el SISEJ creemos siempre importante acudir y compartir la información entre todos nuestros afiliados y afiliadas, así como con el resto del colectivo. Un colectivo que ya está cansado, y que merece conocer lo que está pasando. 

 

Reunión borrador Ley Orgánica del Poder Judicial

Como ya es público el SISEJ ha solicitado la retirada en los términos en los que está redactado, del borrador de Ley Orgánica del Poder Judicial que el Ministerio pretende llevar a las Cortes Generales en otoño, y así se lo hemos expuesto al Ministerio de Justicia.

En nuestro ámbito, valoramos como un retroceso en líneas generales el Libro V, referido a los Secretarios Judiciales, y que se debe iniciar desde cero un verdadero proceso de diálogo con todas las partes implicadas para configurar con seriedad el modelo de Secretario Judicial que la justicia necesita, frente al modelo que se propone en el borrador.

Lo cierto es que, en este Libro V, el comité de expertos del Ministerio se ha limitado a copiar y pegar la anterior regulación, con algunos cambios que consideramos perjudiciales para nuestros derechos. De salir adelante el borrador, el Secretario Judicial perderá las facultades directivas de la tramitación procesal y todas sus diligencias pasan a ser recurribles ante cada Juez o Magistrado (art. 435), e incluso las recusaciones (art. 449). El Secretario Judicial pasa a tener una regulación desligada de la oficina judicial y queda relegado a un papel residual, volviendo a apostar, contra el estado actual de la tecnología , contra el sentido común y contra la optimización del servicio, por la fe pública y el mantenimiento del Secretario Judicial en la sala de vistas como eje de la profesión. Además, eliminando la figura del Secretario Judicial sustituto o interino, forzando para ello la sustitución de titulares entre sí y por funcionarios de cuerpo de gestión procesal.

El proyecto Ministerial mantiene la situación actual de vulneración del derecho a la negociación colectiva, la responsabilidad sobre la estadística judicial, y la apuesta por un órgano como el Consejo del Secretariado, de dudosa utilidad en su configuración actual.

En definitiva, el SISEJ está dispuesto a realizar alegaciones específicas, y a intercambiar impresiones y valoraciones de modo constructivo en cualquier contexto jurídico, laboral y social, como siempre hemos hecho. Pero lo que no vamos a hacer es aceptar la regulación del borrador en los términos expuestos, por contradecir claramente nuestra idea de Secretario Judicial y de administración de justicia concebida como servicio público.

Reunión sobre borrador Código Procesal Penal y borrador de Instrucción SGAJ sobre custodia y destrucción de drogas

El orden del día de la reunión trataba sobre el Código Procesal Penal y el Borrador de Instrucción de Protocolo sobre aprehensión, análisis, custodia y destrucción de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

En relación con el Código Procesal Penal por la representación ministerial no se aportó nada nuevo; se apremió a que por las organizaciones se presentase alegaciones por escrito y se fijó para ello el día 4 de septiembre, ya que al parecer el Ministro quiere llevarlo a Consejo de Ministros en octubre. No se nos dejó claro si se convocará una reunión posterior.

En cuanto al borrador de instrucción sobre Protocolo de aprehensión, análisis, custodia y destrucción de drogas, hicimos las valoraciones precisas al respecto, entre las que destacamos las siguientes:.

En el punto 2º, la diligencia a la que se refiere el art. 367 ter 2º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y que se obliga a dictar al Secretario Judicial, se ha de basar en todo caso para el SISEJ en la documentación pericial/forense que obre en autos.

En el punto 4º consideramos necesaria la exigencia de presencia Letrada en garantía de los derechos del imputado. Sin embargo, el “requerimiento” al imputado propuesto por el Ministerio no nos parece correcto, en el sentido de que la LECrim habla de “audiencia” y como tal entendemos que le corresponde al Juez hacerla en el mismo acto de la declaración. Discrepamos de que ese requerimiento se deba llevar a efecto en el mismo acto de la información de derechos,  y encontramos poco operativo que en el acto de la declaración ante el Juez, sea el Secretario Judicial el que tenga que tomar expresamente la palabra para hacerlo.

En el punto 5º consideramos también innecesaria la presencia del Secretario, salvo en las aprehensiones que, en su caso, se produjeran en el curso de una diligencia de entrada y registro, y en que no debe quedar a criterio del Juez la presencia en el acto material de la destrucción, proponiendo que éste apartado terminara en el primer párrafo sin más y como consecuencia desapareciese el punto 6º, complementario del anterior.

Valoración final

Nos encontramos en una situación profesional grave, que exige la máxima seriedad y participación, por encima de diferencias. El día de apertura del año judicial hemos convocado junto a los compañeros de UPSJ una gran concentración de Secretarios Judiciales en todas las sedes judiciales en defensa de nuestros derechos, acto que va a tener una importante repercusión, y al que llamamos a todo el colectivo, con independencia de su afiliación o no afiliación. Como ha ocurrido hasta ahora, tememos que si no hay movilización el Ministerio no cambiará una sola coma de los borradores de LOPJ y Código Procesal Penal, por muchas alegaciones o reuniones informativas de que se hable.

Por último, queremos desautorizar expresamente las constantes y tendenciosas referencias al SISEJ realizadas por otra organización, cuya finalidad obviamente es la de generar división entre los Secretarios Judiciales y reforzar con ello la posición actual del Ministerio de Justicia, basada en unos borradores legislativos que ponen en serio peligro las competencias, las funciones, la dignidad y el papel directivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el servicio público de la justicia.

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